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Elementos filtrados por fecha: Noviembre 2014

Martes, 18 Noviembre 2014 09:50

NUEVA NOMINA PARA TRABAJADORES

A partir de este mismo mes de noviembre algunos trabajadores van a ver cambios en las nóminas que reciban de sus empresas. El Ministerio de Empleo ha aprobado un nuevo modelo de nómina que las empresas deberán ir adoptando progresivamente y que permitirá a los empleados disponer de un mayor detalle de la información relacionada con su salario.

La nueva nómina incluirá la aportación de la empresa. Hasta ahora en las nóminas de los trabajadores únicamente constaban la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador, pero no las aportaciones que las empresas hacían a la Seguridad Social.

A partir de ahora el empresario debe informar de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando la parte de cotización que corresponde a la empresa y la que corresponde al trabajador.

En concreto, en las nóminas actuales sólo se refleja lo que pagan los trabajadores en cotizaciones por contingencias comunes (4,7%), por desempleo en contratos fijos (1,5%), por desempleo en contratos temporales (1,6%) y por formación profesional  (0,1%).

A partir de ahora las nóminas deberán recoger también lo que aportan las empresas por contingencias comunes (23,6%) y contingencias profesionales por desempleo en contratos fijos (5,5%), por desempleo en contratos temporales (6,7%), por formación profesional (0,6%) y por el Fondo de Garantía Salarial (0,2%).

 Las nóminas serán así más completas y cada trabajador podrá conocer de primera mano cuánto paga su empresa a la Seguridad Social en cotizaciones y por qué conceptos.

El Ministerio de Empleo ha establecido un periodo de seis meses, hasta el 12 de mayo de 2015, para que las empresas se adapten al nuevo modelo de nómina que deberán entregar a sus trabajadores.

Además, el Ministerio de Empleo está preparando un nuevo sistema para que la Seguridad Social facture directamente las cotizaciones sociales a las empresas, según un anteproyecto entregado a los agentes sociales el pasado abril. Con el nuevo sistema, será la Administración la que tome un papel activo en la recaudación, ofreciendo todos los meses a las empresas un cálculo individualizado de las cuotas sociales que deben pagar por cada trabajador.

Publicado en Blog
Lunes, 03 Noviembre 2014 17:44

CONTRATOS PARA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE

Publicado en el BOPA el pasado viernes, 31 de octubre de 2014:

Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a empresas radicadas en el Principado de Asturias por la celebración de contratos para la formación y el aprendizaje.

BENEFICIARIOS:  Las empresas del Principado de Asturias que no sean dependientes ni estén vinculadas a administraciones, organismos o entes públicos, ni a empresas públicas o fundaciones del sector público. (Ver requisitos)

COSTES SUBVENCIONABLES: Los siguientes costes salariales de aquellos trabajadores contratados mediante un contrato para la formación y el aprendizaje conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad:

a) Salario base.

b) Parte proporcional de las pagas extraordinarias.

c) Complementos salariales derivados del convenio colectivo de aplicación.

d) Cotización empresarial obligatoria a la seguridad social.

La subvención, en función del crédito disponible en cada convocatoria, podría alcanzar hasta el 50% de los costes subvencionables, en concurrencia con otras posibles ayudas y en particular con las bonificaciones a la cuota empresarial de la seguridad social, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 32.6 del ya citado Reglamento (UE) n.º 651/2014

Convocatoria plurianual de subvenciones a empresas del Principado de Asturias por la celebración de contratos para la formación y el aprendizaje

Son subvencionables los costes salariales de los contratos para la formación y el aprendizaje suscritos entre el 1 de noviembre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015 (ambos inclusive) con jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 Plazo y forma de presentación de solicitudes. Los plazos de presentación de solicitudes son los siguientes:

  1. Contratos formalizados entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2014 (ambos inclusive). Desde el 1 al 31 de enero de 2015 (ambos inclusive)
  2. Contratos formalizados en enero de 2015 Desde el 1 al 28 de febrero d 2015 (ambos inclusive) 
  3. Contratos formalizados en febrero de 2015 Desde el 1 al 31 de marzo de 2015 (ambos inclusive)
  4. Contratos formalizados en marzo de 2015 Desde el 1 al 30 de abril de 2015 (ambos inclusive)
  5. Contratos formalizados en abril de 2015 Desde el 1 al 31 de mayo de 2015 (ambos inclusive)
  6. Contratos formalizados en mayo de 2015 Desde el 1 al 30 de junio de 2015 (ambos inclusive)
  7. Contratos formalizados en junio de 2015 Desde el 1 al 31 de julio de 2015 (ambos inclusive)
  8. Contratos formalizados en julio de 2015 Desde el 1 al 31 de agosto de 2015 (ambos inclusive)
  9. Contratos formalizados en agosto de 2015 Desde el 1 al 30 de septiembre de 2015 (ambos inclusive)
  10. Contratos formalizados en septiembre de 2015 Desde el 1 al 31 de octubre de 2015 (ambos inclusive)
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