¿Qué es un convenio especial con la Seguridad Social?

El convenio especial es un acuerdo voluntario que los trabajadores pueden solicitar a la Tesorería de la Seguridad Social para mantener sus cotizaciones y derechos a prestaciones, incluso cuando no están activos. Este acuerdo implica que los trabajadores deben seguir pagando cuotas a la Seguridad Social, aunque no estén dados de alta.

¿Para qué sirve el convenio especial?

Los convenios especiales permiten a los trabajadores seguir cotizando para asegurar prestaciones como invalidez permanente, muerte y supervivencia por enfermedad común y accidente no laboral, jubilación y servicios sociales. En otras palabras, si se cumplen ciertos requisitos, suscribir un convenio especial puede otorgar derecho a una pensión de jubilación o viudedad, así como a otras prestaciones derivadas de enfermedades comunes o accidentes no laborales.

¿Quién puede suscribirlo?

El convenio especial puede ser solicitado por:

  • Trabajadores autónomos o asalariados que hayan cesado en su actividad y ya no coticen a la Seguridad Social.
  • Aquellos empleados que ahora tienen remuneraciones inferiores a las que percibían el año anterior.
  • Personas que han dejado de recibir el paro.
  • Pensionistas cuya pensión haya sido denegada, siempre que tengan un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los doce años previos a su baja en la Seguridad Social.

¿Cuánto se paga con el convenio especial?

La cotización se calcula en base a:

  • La base máxima del grupo de cotización correspondiente a la categoría profesional, si se ha cotizado al menos veinticuatro meses en los últimos cinco años.
  • La media de las bases de cotización de los últimos doce meses.
  • La base mínima de cotización vigente.

¿Cuándo deja de tener efecto el convenio?

El convenio especial se suspende durante los periodos en los que el trabajador vuelve a estar activo. Se anula si el trabajador ingresa nuevamente en el mismo régimen de la Seguridad Social en el que se había suscrito el convenio, se jubila, comienza a recibir una pensión por incapacidad permanente, deja de pagar las cuotas durante tres meses o decide cancelarlo mediante una notificación escrita a la Dirección Provincial de la Tesorería.

Algunos supuestos especiales

Existen convenios especiales para situaciones específicas, como:

  • Trabajadores que reducen su jornada laboral para cuidar de un menor, una persona dependiente con minusvalía o un familiar.
  • Trabajadores a tiempo parcial.
  • Trabajadores que perciben el subsidio de desempleo para mayores de 52 años.
  • Convenio especial durante la situación de alta especial por huelga legal o cierre patronal.
  • Convenio especial para trabajadores que dejan de prestar servicios o actividades.
  • Convenio especial para cuidadores no profesionales de personas dependientes.

Contexto adicional sobre los autónomos

Dado que las condiciones para los trabajadores autónomos pueden ser confusas, la Seguridad Social ha creado una guía para resolver las dudas sobre el convenio especial. Este convenio permite a los autónomos continuar cotizando y evitar lagunas en sus cotizaciones, que podrían reducir su futura pensión. Si no se acogen a este convenio, su base de cotización sería cero durante los periodos inactivos, disminuyendo así el coste de la pensión que recibirán al jubilarse.

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